En el día internacional de los pueblos indígenas.

 

Por: Jorge Ancizar Cabrera Reyes.


"Urge asumir el aporte esencial que le brindan [los pueblos indígenas] a la sociedad toda, no hacer de sus culturas una idealización de un estado natural ni tampoco una especie de museo de un estilo de vida de antaño. Su cosmovisión, su sabiduría, tienen mucho que enseñarnos a quienes no pertenecemos a su cultura”. Papa Francisco.

"El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana". Artículo 7 de la Constitución Política de 1991.

El 23 de diciembre de 1994, la Asamblea General de las Naciones Unidas, por medio de la Resolución A/RES/49/214, de fecha 9 de agosto: Declarar el "Día Internacional de las poblaciones indígenas", dando cumplimiento al Convenio 169 de 1989 sobre los Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, por la 76 reunión de la Conferencia General de la O.I.T. (Organización Internacional del Trabajo en Ginebra el 27 de junio de 1989 y en Colombia lo adoptó el 4 de marzo, mediante la Ley 21 de 1991 que en su Artículo 3° numeral 1. Señala: "Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. Las disposiciones de este Convenio se aplicarán sin discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos', y en el Departamento del Tolima la Asamblea Departamental, promulgó la Ordenanza 051 de fecha 21 de diciembre del año 2025: "Por la cual se adopta la política para reconocer y garantizar el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas en el Departamento del Tolima".

La Declaración de las Naciones Unidas, sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada en la Asamblea General realizada el 13 de septiembre de 2007, señala: "Afirmando que los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y reconociendo al mismo tiempo el derecho de todos los pueblos a ser diferentes, a considerarse a sí mismo diferentes y a ser respetados como tales". Y en su artículo 1 dispuso: "Los Indígenas tienen derecho como pueblos o como personas, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos 4 y la normativa internacional de los derechos humanos".

La Organización de las Naciones Unidas, en su Asamblea General, adoptó el 9 de agosto de cada año para conmemorar el Día Internacional de los Pueblos Indígenas, en Colombia hay 115 pueblos originarios con sus costumbres y sus lenguas indígenas y en territorios habita la mayor parte de la biodiversidad, variados ecosistemas e igualmente, las comunidades indígenas nos enseñan como debe ser la relación con la naturaleza, conocen ampliamente que la contaminación y la degradación del ambiente desencadena potencialmente en enfermedades y con ello se puede controlar diversas situaciones de desequilibrios, el riego de muchas enfermedades con medicinas tradicionales.

Para la UNESCO, los pueblos indígenas son: "actores importantes del cambio, guardianes de los recursos naturales y portadores de visiones del mundo, conocimientos y habilidades únicas, que se celebran globalmente en el Día Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo, el 9 de agosto".

Además, la Unesco que es la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, nos indica que: "Pueblos indígenas en todo el mundo. Los pueblos indígenas viven en todas las regiones del mundo y poseen, ocupan o utilizan aproximadamente el 22 % de la superficie terrestre mundial. Con un número de entre 370 y 500 millones de personas, representan la mayor parte de la diversidad cultural mundial. Hablan la abrumadora mayoría de los aproximadamente 7000 idiomas del mundo y representan 5000 culturas diferentes. A pesar de sus diferencias culturales, los pueblos indígenas de todo el mundo comparten problemas comunes relacionados con la protección de sus derechos como pueblos distintos. Muchos pueblos indígenas siguen enfrentándose a la marginación, la pobreza extrema y otras violaciones de derechos humanos".

Como conclusión decimos, que los pueblos indígenas originarios, tienen suficientes conocimientos ancestrales y tradicionales en la relación con su entorno natural y conocen ampliamente que la degradación y contaminación del ambiente desencadena potencialmente en enfermedades que pueden ser curadas con medicinas tradicionales. Hay que proteger nuestros ancestros nativos propendiendo por la defensa de los derechos humanos y fundamentales de nuestros pueblos indígenas, ancestrales y originarios que han sido vulnerados durante muchos años y por el logro con justicia social de sus reivindicaciones sociales, ambientales, económicas, políticas y en especial la convivencia pacífica de sus territorios.

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